¿Qué diferencia hay entre un falso autónomo y un TRADE?

Muchas empresas y profesionales se preguntan qué diferencia hay entre un falso autónomo y un TRADE, porque a simple vista pueden parecer lo mismo; sin embargo, la confusión entre ambas figuras puede acabar en sanciones importantes. Desde nuestra Asesoría laboral en Jerez de la Frontera te explicamos de forma clara cómo distinguirlas y actuar correctamente antes de que el problema aparezca.

El TRADE y el falso autónomo: ¿por qué suelen confundirse?

Distinguir entre un TRADE y un falso autónomo no siempre resulta sencillo. En ambos casos hablamos de personas dadas de alta como autónomos que prestan servicios a un cliente principal, lo que a simple vista hace que las situaciones parezcan similares.

El problema es que, en la práctica, muchas relaciones profesionales se estructuran sin analizar en profundidad si cumplen o no los requisitos legales. Cuando no se revisan aspectos como la organización del trabajo, el grado de dependencia, la autonomía real o la forma de facturar, es fácil cruzar la línea sin darse cuenta.

Además, el desconocimiento de la normativa y la falta de asesoramiento especializado hacen que se utilicen conceptos como TRADE y falso autónomo indistintamente, cuando en realidad las consecuencias legales de uno y otro son muy diferentes. 

Por eso, antes de analizar las diferencias entre ambas figuras, conviene tener claro qué es un Trabajador Autónomo Económicamente Dependiente y en qué situaciones estamos realmente ante un falso autónomo.

¿Qué es un Trabajador Autónomo Económicamente Dependiente?

El Trabajador Autónomo Económicamente Dependiente, conocido por sus siglas TRADE, es una figura legal y regulada que existe para dar cobertura a aquellos autónomos que, aun siendo profesionales independientes, dependen económicamente de un cliente principal.

Se considera TRADE al autónomo que obtiene al menos el 75 % de sus ingresos de un único cliente, sin que ello suponga perder su condición de trabajador por cuenta propia. 

Para que una relación pueda considerarse legalmente como TRADE, no basta con el porcentaje de ingresos. Es necesario que el profesional mantenga una verdadera autonomía en el desarrollo de su actividad. Entre los requisitos más relevantes se encuentran:

  • Organizar su trabajo con independencia, sin integrarse en la estructura del cliente.
  • No tener trabajadores a su cargo ni subcontratar la actividad.
  • Disponer de medios propios para prestar el servicio.
  • No estar sujeto a un horario impuesto de forma rígida.
  • Formalizar un contrato por escrito y registrarlo en el Servicio Público de Empleo.

El TRADE no es, por tanto, un trabajador por cuenta ajena encubierto, sino una figura pensada para regular relaciones profesionales en las que existe dependencia económica, pero no laboral. Cuando estos requisitos se respetan, la relación es perfectamente válida.

El problema surge cuando esa supuesta autonomía no existe en la práctica, dando lugar a lo que se conoce como falso autónomo, que analizamos en el siguiente apartado.

¿Qué es un falso autónomo?

Por otro lado, un falso autónomo es una persona que figura como autónoma, pero que en la práctica trabaja como si fuera un empleado por cuenta ajena. Es decir, existe una apariencia formal de autonomía que no se corresponde con la realidad del día a día.

Hablamos de falso autónomo cuando el profesional:

  • Trabaja bajo las órdenes directas de la empresa.
  • Cumple un horario impuesto.
  • No organiza su actividad con autonomía.
  • Utiliza medios y herramientas del cliente.
  • Está integrado en la estructura de la empresa como cualquier trabajador más.

En estos casos, aunque exista facturación y alta en el RETA, la relación reúne las notas propias de un contrato laboral: dependencia, ajenidad y retribución fija. Por eso, desde el punto de vista legal, no estamos ante un autónomo real, sino ante un trabajador por cuenta ajena mal encuadrado.

Esta situación suele salir a la luz cuando hay una denuncia o una actuación de la Inspección de Trabajo, que analiza cómo se presta realmente el servicio, más allá de lo que diga el contrato o las facturas emitidas. Aspectos como el control de la jornada o la obligación de cumplir horarios fijos suelen ser determinantes, especialmente desde la implantación del registro horario digital obligatorio.

A diferencia del TRADE, el falso autónomo no es una figura legal reconocida. Es una situación irregular que puede acarrear consecuencias graves tanto para la empresa como para el propio profesional, algo que veremos con más detalle en los siguientes apartados.

Principales diferencias entre falso autónomo y TRADE

Aunque a simple vista puedan parecer situaciones similares, existen diferencias muy claras entre ambas figuras. 

Autonomía real frente a dependencia laboral

La principal diferencia entre TRADE y falso autónomo está en la autonomía. El TRADE organiza su trabajo con independencia, decide cómo ejecutar el servicio y no está integrado en la estructura interna del cliente. En cambio, el falso autónomo trabaja bajo las órdenes directas de la empresa, siguiendo instrucciones continuas y sin margen real de decisión.

Porcentaje de ingresos procedentes de un único cliente

Otra de las diferencias entre falso autónomo y TRADE es el origen de los ingresos. El TRADE obtiene, al menos, el 75 % de su facturación de un solo cliente, algo reconocido legalmente. En el falso autónomo, este dato es irrelevante, ya que lo determinante no es el porcentaje de ingresos, sino la existencia de una relación laboral encubierta.

Organización del tiempo y del horario de trabajo

El TRADE no está sujeto a un horario rígido impuesto por el cliente, aunque pueda existir cierta coordinación. Por el contrario, en el falso autónomo es habitual que exista un horario fijo, control de presencia y obligación de cumplir jornadas similares a las de cualquier trabajador por cuenta ajena.

Medios materiales y asunción del riesgo

El TRADE utiliza medios propios para desarrollar su actividad y asume el riesgo económico de su trabajo. En el caso del falso autónomo, lo habitual es que la empresa facilite las herramientas, el lugar de trabajo y asuma los riesgos, lo que refuerza la existencia de una relación laboral encubierta.

Reconocimiento legal de la relación

El TRADE es una figura expresamente regulada por la normativa y requiere un contrato escrito y registrado. El falso autónomo, en cambio, no tiene encaje legal.

Estas diferencias entre trade y falso autónomo son las que permiten a la Administración determinar si estamos ante una relación válida o ante un fraude laboral, con todas las consecuencias que ello implica.

Qué-diferencia-hay-entre-un-falso-autónomo-y-un-trade

Consecuencias legales de no conocer la diferencia entre el TRADE y el falso autónomo

No identificar correctamente la diferencia entre falso autónomo y TRADE puede tener efectos muy serios. Estas son las principales consecuencias, tanto para la empresa como para el profesional.

Recalificación de la relación como laboral

Cuando se detecta una situación de falso autónomo, la Administración puede recalificar la relación como contrato de trabajo por cuenta ajena, con efectos retroactivos. Esto implica que el profesional pasa a considerarse trabajador desde el inicio de la relación, con todos los derechos laborales asociados.

Actuaciones de la Inspección y sanciones económicas

La detección de un falso autónomo suele producirse tras una actuación de la Inspección de Trabajo. Si se confirma la irregularidad, la empresa puede enfrentarse a sanciones económicas importantes, que varían según la gravedad y el número de trabajadores afectados.

Pago de cotizaciones atrasadas y recargos

Otra consecuencia directa es la obligación de ingresar las cotizaciones a la Seguridad Social no abonadas, tanto la parte empresarial como la del trabajador, con recargos e intereses. Este ajuste puede suponer un impacto económico elevado, especialmente si la relación se ha mantenido durante meses o años. Algo similar a lo que ocurre cuando surge la duda de si existe obligación de pagar los atrasos del convenio.

Reconocimiento de derechos laborales no disfrutados

La recalificación como trabajador por cuenta ajena puede implicar el reconocimiento de derechos no disfrutados: vacaciones, pagas extra, descansos, indemnización por despido o aplicación del convenio colectivo correspondiente, lo que incrementa aún más el coste para la empresa.

Riesgo de conflictos judiciales

Además de la vía administrativa, estas situaciones suelen acabar en reclamaciones judiciales, ya sea por parte del profesional o como consecuencia de un despido mal gestionado. La falta de claridad inicial en la relación es uno de los principales detonantes de conflictos laborales largos y costosos.

Por todo ello, conocer bien las diferencias entre trade y falso autónomo es una medida preventiva clave para evitar problemas legales de gran calado.

Cuadro comparativo: diferencias entre trade y falso autónomo de un vistazo

Aspecto

TRADE 

Falso autónomo

Naturaleza de la relación

Figura legal y regulada

Situación irregular

Dependencia

Dependencia económica de un cliente

Dependencia laboral

Porcentaje de ingresos

Al menos el 75 % de un solo cliente

No es determinante

Autonomía

Organiza su trabajo con independencia

Sigue órdenes directas

Horario

No impuesto de forma rígida

Horario fijado por la empresa

Medios de trabajo

Medios propios

Medios de la empresa

Integración en la empresa

No está integrado en la estructura

Integrado como un empleado

Contrato

Contrato obligatorio por escrito y registrado

No existe contrato válido

Riesgo legal

Relación válida si cumple requisitos

Riesgo de sanciones y regularización

¿Cómo regularizar tu situación con Perlado Asesores?

Si tienes dudas sobre la diferencia entre falso autónomo y TRADE, lo más sensato es analizar tu caso antes de que lo haga la Administración. En algunos casos, la solución pasa por regularizar la relación laboral; en otros, por replantear el modelo de colaboración o valorar alternativas legales, como  un contrato de formación en alternancia, cuando encaja con el perfil.

En Perlado Asesores te ayudamos a revisar tu situación con criterio, sin soluciones genéricas y con una visión preventiva. Si quieres que analicemos tu caso concreto, puedes contactar con nuestro equipo a través de la página de Contacto.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Scroll al inicio