¿Puede un familiar ayudar en un negocio sin estar asegurado? 

En el día a día de muchos negocios familiares es habitual que, ante un pico de trabajo o una situación puntual, un hijo, pareja o hermano eche una mano en la empresa. Ahora bien, ¿qué implicaciones legales tiene esto? ¿Es posible colaborar sin estar dado de alta en la Seguridad Social? ¿Qué dice la normativa sobre contratar a un familiar directo?

Te resolvemos las dudas más comunes sobre la colaboración de familiares en un negocio, y qué consecuencias puede tener no seguir el procedimiento adecuado. Desde Perlado Asesores, como expertos en asesoría laboral, te explicamos los diferentes escenarios y cómo actuar para evitar sanciones o conflictos legales.

¿Quiénes se consideran familiares de un autónomo?

Cuando hablamos de colaboración familiar en un negocio, es importante tener claro qué se entiende legalmente por «familiar». Según la normativa laboral, se consideran familiares directos del autónomo:

  • El cónyuge o pareja de hecho.
  • Los ascendientes y descendientes hasta segundo grado (padres, hijos, abuelos, nietos).
  • Hermanos, cuñados o suegros, siempre que exista convivencia o dependencia económica.

Este punto es clave, ya que no es lo mismo que una persona ajena al núcleo familiar colabore en el negocio, que lo haga alguien con quien se comparte vivienda o hay un vínculo económico. Esta relación puede determinar si es obligatorio o no dar de alta al familiar como autónomo colaborador.

puede un familiar ayudar en un negocio sin estar asegurado

¿Se puede contratar a un familiar para ayudar en el negocio?

Sí, un autónomo puede contratar a un familiar para que trabaje en su negocio, pero hay que tener en cuenta una serie de condiciones específicas. La ley contempla dos vías principales:

  1. Como autónomo colaborador: Esta figura está pensada para familiares que conviven con el autónomo y participan de forma habitual en el negocio. En este caso, deben darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) como colaboradores, con sus propias cotizaciones, aunque con ciertas bonificaciones.
  2. Como trabajador por cuenta ajena: En casos en los que no exista convivencia, ni dependencia económica directa, es posible realizar un contrato laboral ordinario. No obstante, la Inspección de Trabajo puede requerir pruebas de que la relación laboral es real y no encubre una colaboración familiar encubierta.

Es fundamental analizar bien la situación personal y familiar antes de decidir cómo incorporar al familiar al negocio. Un error puede derivar en sanciones por parte de la Seguridad Social o la pérdida de bonificaciones.

¿Es posible que un familiar ayude sin estar de alta en la Seguridad Social?

La normativa es clara: cualquier persona que colabore de forma habitual en un negocio debe estar dada de alta en la Seguridad Social, incluso si se trata de un familiar. Esto incluye tanto la figura del autónomo colaborador como la contratación laboral por cuenta ajena, dependiendo del caso.

Sin embargo, pueden existir situaciones puntuales en las que un familiar ayude de manera esporádica y sin remuneración. En esos casos, si se trata de una colaboración ocasional y no retribuida, podría no ser necesario el alta, aunque debe demostrarse claramente que no hay habitualidad ni una relación laboral encubierta.

Para evitar problemas, es importante documentar bien el carácter excepcional de la ayuda y, si es posible, dejar constancia por escrito de que no existe una relación profesional ni remuneración.

Colaboración puntual del familiar autónomo

Una colaboración puntual puede entenderse como una ayuda en momentos concretos: inventario, mudanza del local, picos estacionales de trabajo… Si no hay una retribución económica ni una frecuencia continua, y no se realiza bajo una relación de dependencia, no se considerará un trabajo regular. Aun así, es recomendable contar con el asesoramiento adecuado para evitar sanciones si la Seguridad Social considera que esa colaboración encubre una relación laboral.

Consejos sobre la colaboración de familiares en el negocio

Si estás pensando en incorporar a un familiar a tu negocio, ya sea de forma puntual o habitual, te dejamos algunas recomendaciones clave para hacerlo correctamente y con total seguridad jurídica:

  • Evalúa la frecuencia y el tipo de tareas. Si la ayuda es continua y forma parte de la actividad habitual, lo más adecuado será dar de alta al familiar como autónomo colaborador.
  • Evita situaciones informales. Aunque pueda parecer algo inofensivo, permitir que un familiar trabaje sin contrato ni alta puede derivar en sanciones y problemas legales.
  • Documenta la relación laboral. Si optas por una contratación por cuenta ajena, asegúrate de redactar correctamente el contrato y registrar la relación en la Seguridad Social.
  • Consulta con una asesoría laboral. Cada caso tiene particularidades. Un buen asesor puede ayudarte a elegir la vía más adecuada, optimizar costes y evitar riesgos innecesarios.
  • Aprovecha las bonificaciones. Los autónomos colaboradores pueden beneficiarse de reducciones importantes en sus cuotas, algo que conviene valorar si se trata de una incorporación a largo plazo.

Consecuencias de no dar de alta a un autónomo colaborador

Permitir que un familiar colabore de forma habitual en el negocio sin estar dado de alta puede tener graves consecuencias legales y económicas. Aunque a veces se haga con buena intención o por desconocimiento, la Seguridad Social lo considera una infracción.

Estas son algunas de las consecuencias más comunes:

  • Sanciones económicas: La Inspección de Trabajo puede imponer multas que van desde los 3.000 hasta los 10.000 euros por trabajador no dado de alta.
  • Pago de cuotas atrasadas: Además de la sanción, el autónomo deberá abonar las cuotas correspondientes al periodo en el que el familiar trabajó sin estar asegurado, con recargos e intereses.
  • Pérdida de bonificaciones: Si el negocio se beneficia de ayudas o bonificaciones, estas pueden ser retiradas por incumplimiento de la normativa.
  • Problemas en caso de accidente laboral: Si el familiar sufre un accidente mientras trabaja en el negocio y no está dado de alta, las consecuencias pueden ser aún más graves, tanto desde el punto de vista legal como económico.

En resumen, ahorrarse el alta de un familiar puede salir muy caro. Por eso es fundamental regularizar correctamente cualquier colaboración, por pequeña que parezca. Además, por supuesto, deberás tener las obligaciones contables de tu empresa al día.

​​Preguntas frecuentes sobre contratar a un familiar

¿Puedo contratar a mi hijo en mi empresa?

Sí, puedes contratar a tu hijo, pero hay que tener en cuenta si convive contigo y si existe una dependencia económica. En ese caso, lo más habitual es que deba darse de alta como autónomo colaborador. Si no existe convivencia ni dependencia, puedes hacerle un contrato laboral por cuenta ajena, como a cualquier otro trabajador.

¿Puede trabajar mi hijo en mi negocio sin contrato?

No es recomendable. Si la colaboración es habitual o implica una compensación económica, tu hijo debe estar dado de alta en la Seguridad Social, ya sea como autónomo colaborador o como empleado. Trabajar sin contrato puede acarrear sanciones.

¿Es legal el trabajo familiar sin contrato?

Solo en casos muy puntuales y sin remuneración. La ley exige dar de alta a cualquier persona que realice una actividad habitual en el negocio, aunque sea un familiar. Si la colaboración es ocasional, puede estar exenta de alta, pero conviene documentarlo para evitar problemas.

¿Un jubilado puede trabajar en el negocio familiar?

Sí, pero bajo ciertas condiciones. Un jubilado puede colaborar si está en situación de jubilación activa o parcial y cumple los requisitos legales. Si cobra una pensión contributiva completa, debe tener especial cuidado, ya que trabajar sin comunicarlo puede suponer la pérdida de la pensión y sanciones.

¿Qué se considera relación laboral entre familiares?

Cuando un familiar trabaja de forma habitual, con un horario definido, tareas concretas y bajo la dirección del autónomo, se considera que existe una relación laboral. En estos casos, debe regularizarse mediante un contrato o el alta como autónomo colaborador.

¿Qué implica contratar a familiares en un negocio?

Contratar a familiares puede ser una gran ayuda, pero también conlleva responsabilidades. Es necesario cumplir con las obligaciones laborales y de Seguridad Social, y elegir la fórmula adecuada para evitar problemas legales o sanciones.

¿Tienes dudas sobre cómo incorporar a un familiar en tu negocio?

Como has visto, contar con la ayuda de un familiar en tu actividad puede ser una gran ventaja, pero es fundamental hacerlo con todas las garantías legales. Cada situación es diferente, y una mala decisión puede derivar en sanciones innecesarias.

En Perlado Asesores te ayudamos a resolver este tipo de cuestiones con un enfoque claro, profesional y adaptado a tu caso. Si necesitas asesoramiento sobre cómo contratar a un familiar, regularizar una colaboración o entender qué figura legal se ajusta mejor a tu negocio, puedes ponerte en contacto con nosotros, estamos aquí para ayudarte.

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